NUEVA HABILITACIÓN DE TRANSPORTES DE ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL

NUEVA HABILITACIÓN DE TRANSPORTES DE ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL

La Resolución Senasa 723/25 incorporó los vehículos “Bitren” y multiespecie y creó el Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, entre otras medidas.

El Senasa actualizó las condiciones y procedimientos de habilitación de los transportes de animales vivos y productos de origen animal mejorando las exigencias técnicas y sanitarias que deben cumplir en todo el territorio nacional, con el fin de fortalecer un eslabón fundamental de la cadena agroproductiva.

La nueva medida, normada en la Resolución Senasa N.° 723/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, incorpora —entre otras medidas— nuevos tipos de transporte, como el “Bitren”, un vehículo articulado para el traslado de numerosos animales, y contempla la habilitación de unidades cuya infraestructura no esté prevista en la normativa, siempre y cuando resulten funcionales para cada especie.

Entre otros de los puntos destacados, la actualización del marco regulatorio autoriza el uso de la malla cuadriculada para aquellos vehículos que trasladen porcinos, dando lugar a la habilitación de transportes “multiespecie”.

Además, se incorporan a los vehículos que no requieren habilitación sanitaria para el traslado de animales vivos y mercancías de origen animal, aquellos que movilicen abejas, productos y subproductos de la industria apícola, aves ornamentales y de exposiciones y peces ornamentales..

El nuevo esquema también prevé una habilitación provisoria de 90 días para los vehículos que no cumplan con los requisitos iniciales durante el procedimiento de habilitación que realiza el Senasa. Durante ese período, el responsable del transporte deberá realizar las modificaciones requeridas para obtener la tarjeta de habilitación.

Otra de las novedades de la resolución es la creación del Programa de Certificación Sanitaria Oficial de Fabricación de Vehículos, destinado únicamente a fabricantes que busquen homologar ante el Senasa sus diseños bajo estándares y exigencias técnicas, en su etapa previa de comercialización. Esta certificación, sujeta a la supervisión y auditoría del organismo sanitario, contará con una validez de 5 años para cada modelo de vehículo 0 km de transporte de animales vivos y/o mercancías de origen animal.

De esta manera, el Senasa actualiza y simplifica los requisitos y procedimientos técnicos de habilitación contemplados en resoluciones previas, alineando la regulación de nuestro país con los estándares internacionales más altos y fortaleciendo el control sanitario, la inocuidad de los productos transportados y la competitividad del sector productivo.

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